Las próximas Elecciones Generales del 20 de noviembre de 2011 son las primeras en las cuales se comienza a aplicar la reciente modificación del artículo 169.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Dicha modificación impone a los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieran obtenido representación en ninguna de las Cámaras en las anteriores elecciones la obligación de recoger, al menos, el 0,1% de las firmas de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción por la que pretendan presentar candidatura. Además, ningún elector podrá prestar su firma a más de una candidatura.
Ante la inminencia de los comicios, el Partido Comunista del Pueblo Andaluz – Partido Comunista de los Pueblos de España en la ciudad de Jaén quiere manifestar lo siguiente:
Consideramos que la modificación se realizó sin debate público y que es una reforma que restringe la participación democrática.
Consideramos que el derecho a elegir y ser elegido es un principio democrático básico y que la modificación de la norma hace que ese derecho no pueda ser ejercido por la totalidad de los ciudadanos del Estado Español.
Consideramos que el sufragio universal va camino de convertirse en un sufragio censitario, puesto que el voto de un elector de un partido con representación en la cámara, realmente, vale más que el voto de un elector cuyo partido no tiene representación parlamentaria.
Consideramos que se vulneran principios y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de 1978, en sus artículos 1.1 (valor del pluralismo político), 14 (principio de igualdad ante la ley), 16.2 (derecho a no ser obligado a declarar sobre su ideología), y 23.2 (derecho de acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos), y en el art. 5 de la LOREG (voto libre y secreto).
Consideramos que el aval del 0,1% del electorado exigido hoy es probable que aumente en próximas elecciones, con el objeto de hacer cada vez más difícil la obtención de las firmas requeridas; así como impedir la organización conveniente de las precampañas electorales a estas organizaciones sin representación parlamentaria.
A pesar de los inconvenientes expuestos, el PCPE ha conseguido presentar candidaturas en la mayor parte del Estado Español -no fue posible en la provincia de Jaén por diversos motivos ajenos a nuestra voluntad-. Sin embargo, la actuación de las Juntas Electorales de Zona y de los Juzgados de lo Contencioso que tienen que examinar los recursos en los casos de no proclamación de candidaturas se está caracterizando por la arbitrariedad.
El PCPE está siendo objeto de una auténtica persecución política, bajo la estratagema de la aplicación de la reforma de la LOREG.
El PCPE ha tenido que presentar un total de seis recursos electorales contra la no proclamación de sus candidaturas en Gerona, Barcelona, Madrid, La Coruña, Zaragoza y Ciudad Real.
Los resultados de los recursos presentados cubren una amplia diversidad de sentencias de la más variada orientación ante situaciones idénticas. En un caso el Juzgado de lo Contencioso procede directamente a proclamar la candidatura (Gerona y Zaragoza), mientras en otro sencillamente deniega la petición de nulidad del acuerdo de la Junta Electoral Provincial sin más argumentación (Madrid), y un tercero ordena a la Junta Electoral Provincial abrir un plazo de subsanación de cuarenta y ocho horas admitiéndose la presentación de nuevos avales para sustituir a los “supuestamente” defectuosos (La Coruña). Y esto por citar tres ejemplos.
La fiscalía, en todos los procedimientos judiciales, ha adoptado, también, todo tipo de criterios de lo más contradictorio: a favor de la demanda en unos casos, radicalmente enfrentada a la demanda en otros.
La actuación de las Juntas Electorales Provinciales no ha sido menos arbitraria, pues en unos casos sí se admitió la presentación de avales en sustitución de los “supuestamente” defectuosos y en otros se denegó este derecho. Resulta cínica la pretensión, de algunas JEP, de que el PCPE procediera a corregir los errores de determinados avales, como si las personas que suscribieron los mismos estuvieran permanentemente localizables para realizar tal subsanación.
No se han quedado a la zaga las Oficinas Provinciales del Censo Electoral. El PCPE ha detectado la anulación de avales que no tenían ningún tipo de defecto en varias ocasiones. Pero, además, en muchos casos no se facilita el listado detallado de los avales anulados en el que conste el motivo de su anulación, creando, así, una situación de total indefensión.
Como todas estas situaciones no las podemos valorar como consecuencias casuales de la nueva normativa, como no nos podemos creer que de 4.000 firmas presentadas en una circunscripción 1.000 de ellas sean incorrectas, como la crisis capitalista pone en serios aprietos al bloque dominante de poder que tiene auténtico terror a que el pueblo opte por salidas fuera del control de las castas dominantes, el PCPE concluye que todas estas “anomalías” en la tramitación de sus candidaturas son parte de una operación política prediseñada para tratar de dejarlo fuera del combate político, y como tal estratagema denuncia estos hechos.
Por todo lo anteriormente expuesto, el PCPA-PCPE de Jaén propone a sus simpatizantes que en las circunscripciones electorales donde no nos han dejado presentar candidatura estos voten al PCPE, utilizando una papeleta en la que pongan las siglas y/o el logotipo del Partido, como señal de protesta contra todas las injusticias que se están cometiendo contra nuestra organización.